Codigo de Etica y Colegio de Ingenieros de Venezuela
Etica Profesional
domingo, 28 de junio de 2015
Colegio de Ingenieros de Venezuela
El Colegio de Ingenieros de Venezuela es un cuerpo
moral de carácter público y, como tal, tiene personalidad jurídica y patrimonio
propio, con todos los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le
señala la ley
Actúa no solo como un ente defensor de los intereses morales y profesionales de sus agremiados, sino también como un asesor del Gobierno en asuntos relacionados a estas profesiones; promulgando así el desarrollo de la ciencia y de la tecnología en nuestro país.
Actúa no solo como un ente defensor de los intereses morales y profesionales de sus agremiados, sino también como un asesor del Gobierno en asuntos relacionados a estas profesiones; promulgando así el desarrollo de la ciencia y de la tecnología en nuestro país.
ORÍGENES DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE VENEZUELA.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela tiene una
tradición gloriosa que remonta a los años de la Independencia y cuyo más alto
representante es Antonio José de Sucre, el Gran Mariscal de Ayacucho, y el Cuerpo
de Ingenieros Militares que con él abrazaron la causa republicana. Después
vendrá a sumarse otra de las grandes glorias venezolanas en el campo de la
ciencia de la matemática. Juan Manuel Cajigal, primer presidente del Colegio y
fundador de la célebre Academia de la que egresaron los primeros ingenieros
formados en la República: nombres tan eximios como los de Rafael María Baralt,
orgullo de las Letras de América; Manuel María Urbaneja, Olegario Meneses, Juan
José Aguerrevere, integran la primera promoción de jóvenes puestos al amparo
del sabio Cajigal. Seguirán otras promociones sobre cuyos hombros reposará la
ingente tarea de construir físicamente una nación bajo las peores condiciones
de una Venezuela destrozada por la guerra y sumida en la miseria.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela se instala el 28
de Octubre de 1861, en virtud del Decreto del Presidente de la República Manuel
Felipe Tovar, de fecha 24 de Octubre de 1860, en el cual a la vez reglamenta a
la Academia de Matemáticas y se crea el Colegio de Ingenieros; en este acto
estaban presentes 22 ingenieros de los 61 que inicialmente habrían de
integrarlo, pues eran muy pocos los hombres consagrados a esta profesión, que
en el curso de nuestra historia se han identificado con todas las tareas del
desarrollo de Venezuela. En el Art. 45 de dicho decreto se expresa lo
siguiente: "Todos los Ingenieros de la República constituirán un Cuerpo
que se denominará "Colegio de Ingenieros", que el Gobierno toma bajo
su protección y al servicio de éste como órgano de consulta, adscrito al
Ministerio de Guerra y Marina hasta el año 1881, en el cual fue adscrito al
Ministerio de Educación, pasando así a integrarse a las organizaciones
civiles.
Desde entonces, es largo el camino andado, que culmina
con más de 120.000 ingenieros, arquitectos y profesionales afines que hoy
integran el CIV.
Mision, Vision, Funciones y Objetivos del Colegio de Ingenieros de Venezuela
MISIÓN.
Promover e impulsar los conceptos básicos que regirán
el desempeño del nuevo gremio, mediante el diseño y elaboración de una
propuesta sobre la nueva Ley de Ejercicio de la Ingeniería y sus Reglamentos,
mediante el desarrollo de un conjunto armónico de mecanismos de participación
democrática de los agremiados, facilitando modalidades organizativas necesarias
para desarrollar una opinión especializada desde el ámbito tecnológico, sobre
la posición del país ante el proceso de globalización mundial, impulsando
procesos de evaluación y de relanzamiento de las instituciones interna del CIV,
con el fin de reforzar nuestra presencia en el movimiento tecnológico nacional,
creando centros de estudios, dedicadas al desarrollo de temas de interés
nacional.
VISIÓN.
Queremos un Colegio de Ingenieros, Arquitectos y
Afines, formado sobre la base de un espacio válido para el desarrollo y
crecimiento integral de nuestros profesionales, donde prevalezca el espíritu de
solidaridad, respeto a los agremiados y a la Nación Venezolana, con valentía
moral en lo institucional, democrático y participativo, que garantice la
pulcritud en lo administrativo, fundamentado en una vocación promotora enfocada
en la creación de una matriz de opinión sobre los temas más sensibles del país,
consolidándonos como el catalizador fundamental en el proceso de desarrollo
económico y social, realizándolo bajo el signo de la especialización,
permitiendo el surgimiento de un estado promotor, estudioso, incansable de
nuestras oportunidades, el cual fortalezca su propia acción en las materias de
educación salud y justicia.
FUNCIONES.
El Colegio de Ingenieros de Venezuela tendrá como
funciones principales los siguientes:
- Servir como guardián de interés público y actuar como asesor del Estado en los asuntos de su competencia.
- Fomentar el progreso de la ciencia y de la técnica.
- Vigilar el ejercicio profesional y velar por los intereses generales de las profesiones que agrupa en su seno y en especial por la dignidad, los derechos y el mejoramiento de sus miembros.
- No podrá desarrollar actividades de carácter político, partidista o religioso, ni asumir actitudes de la índole expresada.
Conforme a las funciones
anteriormente señaladas, corresponden al Colegio de Ingenieros de Venezuela
como objetivos generales:
OBJETIVOS.
- Velar permanentemente por los intereses de la colectividad.Gestionar la promulgación o reforma de disposiciones legales relativas al ejercicio profesional, a la colegiación y a otras materias de interés público, cuando así se justifique.
- Actuar en los asuntos específicos de su competencia como asesor del Estado.
- Designar a petición de las autoridades administrativas o judiciales, los profesionales que deban actuar en inspecciones oculares y en avalúos y otras experticias en general.
- Mantener vivo en sus Miembros el espíritu universitario y estimularlo hacia una constante superación.
- Fomentar el progreso de la cultura, de la ciencia y de la técnica; en especial, prestando su concurso para el mejoramiento de los planes de estudio y el adecuado funcionamiento de facultades, escuelas y de institutos de enseñanza especializada y de investigación y propiciando su creación cuando responda a una legítima necesidad social.
- Promover las relaciones con otras entidades profesionales, nacionales o extranjeras, que persiguen fines similares.
- Enaltecer el ejercicio profesional en beneficio de la sociedad, vigilando el cumplimiento de las disposiciones legales que lo rigen, cuidando de la eficiencia de los servicios profesionales, procurando que los cargos públicos que requieren idoneidad técnico-científica sean desempeñados por colegiados de la especialidad correspondiente, y velando por el decoro, la disciplina y la solidaridad entre sus Miembros.
- Fortalecer el espíritu de colegiación mediante el desarrollo de una firme conciencia profesional y el establecimiento de las más estrechas relaciones profesionales y sociales entre sus Miembros; en particular, orientando la iniciación del profesional novel.
- Recibir y tramitar ante el órgano competente del Poder Público, las denuncias por infracciones a las disposiciones que rigen el ejercicio profesional sin perjuicio de la iniciativa que reconoce la Ley a otras personas naturales o jurídicas.
- Dictar y aplicar las normas de ética profesional y gremial, sancionando a sus Miembros por violación de las mismas, de las disposiciones del presente Reglamento Interno, de los Reglamentos orgánicos promulgados por la Asamblea Nacional del Colegio, y de los Reglamentos Especiales, Resoluciones y Acuerdos emanados de los órganos del Colegio, todo ellos sin perjuicio de la decisión que pueda corresponder a la autoridad pública competente.
- Reconocer, mediante las distinciones que se establezcan, la actuación profesional, gremial y de investigación destacada o meritoria y la colaboración eficaz de los Colegiados para con la Institución.
- Defender los derechos de los Colegiados en todo cuanto se relacione con el ejercicio profesional y gremial.
- Servir de mediador o de árbitro a solicitud de las partes en los conflictos entre profesionales y entre éstos y personas naturales o jurídicas en los casos en que lo considere conveniente.
- Procurar que los Miembros y sus familiares gocen de un nivel de vida decoroso y estable, arbitrando normas y medios eficaces de seguridad y previsión social.
Codigo de Etica Profesional
El código de Ética es el conjunto de principios y
normas fundamentales que guían el deber y la normalidad que deben cumplir los
profesionales colegiados en el ejercicio de su profesión y en actos conexos con
la misma. Y está estructurado de la siguiente manera: 22 artículos.
CODIGO DE ETICA DEL INGENIERO
CODIGO DE ETICA DEL INGENIERO
Los principios éticos de ingenieros es determinar un nivel posible de
comportamiento básico. Es esencial que la profesión establezca valores y
niveles bases que puedan ser alcanzados por todos. Es obligación del ingeniero
que las pautas de responsabilidad ambiental, la salud y la seguridad de las
personas, nuestra integridad y la de nuestros clientes sean una prioridad. Debe
promover y mantener la equidad social, la prosperidad económica para todos y la
integridad ambiental.
Los principios descriptos en este Código deben formar
parte de nuestra cultura de la Ingeniería. Todos somos conscientes de que
existen diferentes culturas sociales, religiosas, raciales y morales en todo el
mundo. Por lo tanto un ingeniero, debe trabajar en forma conjunta con estas
fuerzas diversas, poniendo énfasis en cómo la aplicación de nuestra tecnología
puede beneficiar a la sociedad mundial. , El ingeniero debe adoptar una
filosofía de comportamiento basada en los "principios amplios de
sinceridad, honestidad y honradez, de respeto a la vida y al bienestar, de justicia,
de franqueza, de competencia y de responsabilidad" .La ética de la
ingeniería profesional es un conjunto integrado, que no puede reducirse a
reglas fijas.
Por ello los temas y cuestiones que surgen del Código se discuten
en un marco general, mientras que del conjunto del Código se destaca la
interrelación de las partes y la intención general del documento .Fue
modificado por la Asamblea Nacional de Representantes el 19/06/96. Las
modificaciones se refieren al Artículo Décimo, decimotercero y Décimo Séptimo y
la adición de cuatro artículos más. A pesar que dicha modificación del Código
pueda tener algunos aspectos positivos, Miembros de la Mesa Directiva y de la
Asamblea de ese entonces cuestionan esta modificación ya que presuntamente no
existe tal aprobación. La página Web del CIV no indica el acta de la reunión de
donde sale tal modificación, ni mediante cual resolución de la Asamblea fue
presuntamente aprobada, particularmente el añadido del artículo Vigésimo
Segundo.
Análisis Del Código De Ética Del Colegio De Ingenieros De Venezuela
Análisis De
Los Artículos: 1, 2, 5, 9, 10, 11 y 17
En estos artículos se plantea que un ingeniero no debe
actuar para el soborno, el fraude y la corrupción. Estos actos que son
contrarios al ejercicio de su profesión, pueden acarrear sanciones
administrativas y penales por violación de las leyes y reglamentaciones. De
igual forma, se plantea que todo ingeniero debe sostener el prestigio de la
profesión y velar por su cabal ejercicio; así mismo requiere mantener una
conducta profesional basada en la capacidad, la honradez y la justicia. (Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 3
Este artículo hace referencia al deber que tiene cada
profesional de la ingeniería en mantenerse al día en sus campos de
especialidad, mediante la participación en la práctica profesional, la
participación en cursos de educación continua, la lectura de la literatura
técnica, y su participación en reuniones y seminarios profesionales. (Pedro Figueroa)
Análisis Del Artículo 4
De este artículo es posible inferir, que los
ingenieros deben efectuar solo trabajos para los cuales están calificados por
su nivel de educación o su experiencia en el campo técnico.(Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 6
En relación a este artículo se puede comentar, que los
ingenieros deben ofrecer sus servicios profesionales por un sueldo digno a su
profesión. (Pedro Figueroa)
Análisis De Los Artículos: 7 y 20
El ingeniero deberá desarrollar informes con calidad
técnica y con buenas informaciones, y no debe hacer nada sin previo
conocimientos de su cliente, ni poner en marcha métodos no desarrollados aun o
con corta vigencia sin el debido permiso.(Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 8
Esta recomendación ética, sugiere a los ingenieros no
firmar cualquier plano de ingeniería o documento no revisado o preparado bajo
su control y supervisión. (Pedro Figueroa)
Las consideraciones de estos artículos, indican que
los ingenieros no deben actuar maliciosamente o con argumentación falsa, para
perjudicar la reputación profesional, las perspectivas, la práctica o el empleo
de otro ingeniero y tampoco deben indiscriminadamente criticar el trabajo de
otro profesional de la ingeniería.(Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 14
En este artículo se plantea que los ingenieros no
deben aceptar un empleo profesional fuera de su trabajo regular o de interés
personal, sin el conocimiento de sus empleadores. (Pedro Figueroa)
Análisis Del Artículo 15
La indicación anterior, invita a los ingenieros a
actuar en materia profesional para cada empleador o cliente como agentes o
representantes fieles, y están en la obligación de evitar conflictos de
intereses. (Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 16
Este artículo indica que los ingenieros deben
comprometerse a mejorar el medio ambiente mediante la adhesión a los principios
del desarrollo sostenible a fin de mejorar la calidad de vida de la población
en general. (Pedro Figueroa)
Análisis Del Artículo 18
Por obligación ética, los ingenieros deben conceder el
crédito debido a los trabajos de otros profesionales: diseños, invenciones,
escritos, entre otros; cuando estén debidamente autorizados por sus autores. (Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 19
En este artículo se resalta que es contrario a la
ética, que los ingenieros utilicen la información confidencial como medio de
lucro personal, porque esta acción, perjudica los intereses de sus clientes,
empleados o del público. (Pedro Figueroa)
Análisis Del Artículo 21
De acuerdo a lo considerado en este artículo, los
ingenieros pueden anunciar los servicios profesionales de una manera que no
contenga lenguaje engañoso o en cualquier otra forma despectiva a la dignidad
de la Profesión. Ejemplos de publicidad permitidos son los siguientes: Los
ingenieros deben emitir declaraciones públicas sólo de manera objetiva y veraz.
Los ingenieros deben emitir declaraciones públicas sólo en forma objetiva y
veraz.
De esta forma, se ha efectuado una revisión y análisis
al código de ética del Colegio de Ingenieros, que busca como fin primordial
defender y promover la integridad, el honor y la dignidad de la profesión de la
ingeniería, además de establecer en esta área del conocimiento los siguientes
principios fundamentales para todo ingeniero:
- Utilizar sus conocimientos y habilidades para la mejora del bienestar humano y del medio ambiente.
- Ser honesto e imparcial y servir con fidelidad al público, sus empleadores y clientes.
- Esforzarse por aumentar la competencia y el prestigio de la profesión de la ingeniería.
- Apoyar a las profesionales y técnicas de sus disciplinas. Sociedades. La responsabilidad profesional es inerente al ejercicio profesional, dicha responsabilidad pudieramos clasificarla en social, gremial, administrativa, civil y penal. la responsabilidad social exige de sus profesionales conpetencia y honestidad en sus actuaciones. por cuanto es dificil encontrar una rama de la actividad humana en la que por lo menos, algunas de las profesiones de ingeneria no intervenga; estos profesionales mas que otros tienen gran responsabilidad antes la sociedad, la sancion de la responsabilidad social radica en descredito publico. (Kenya Perez)
Análisis Del Artículo 22
(Actuacion Gremial) incumplir con lo dispuesto en las "Normas de actuacion Gremial del CIV". la responsabilidad gremial exige del profesional el cumplomiento de la actividad gremial en su ejercicio profesional y lo obliga a contribuir con el colegio en el cumplimiento de sus objetivos. la responsabilidad gremial tiene su origen en el articulo 105 de la constitucion nacional, que establece en funcion de la proteccion de la colectividad, la colegiacion obligatoria de varias profesiones, entre ellas la de ingeneria, arquitectura y profesiones afines. (Pedro Figueroa)
Recomendaciones
- Los programas universitarios de las carreras ingeniería y arquitectura deben siempre promover en los estudiantes, una comprensión de las características éticas de la profesión y la práctica.
- El arquitecto debe procurar el perfeccionamiento constante de sus conocimientos, en particular de su profesión, además de divulgar su saber y compartir su experiencia.
- Todo profesional debe interpretar el Código de Ética de su profesión y sus efectos legales, para asumir una conducta gremial que contribuya a responder ante la sociedad, con un ejercicio profesional impecable y en comportamiento legal digno.
- En el ejercicio de su profesión, los ingenieros y arquitectos deben cumplir con diligencia los compromisos que hayan asumido y desempeñarán con dedicación y lealtad los trabajos que le asignen, evitando anteponer su interés personal en la atención de los asuntos que se le encomienden.
- Una de las tareas de los Ingenieros y arquitectos, es conocer las normas que rigen el ejercicio profesional y los lineamientos éticos que deben acompañar cada decisión tomada.
- Es un deber ineludible sostener el prestigio de la profesión y velar por su cabal ejercicio.
- Entendemos que la ética se ocupa de las normas de la conducta humana, si aplicamos esta definición al término “ética profesional” nos daremos cuenta de que se refiere al conjunto de normas que rigen a quienes se consideran ser profesionales, aunque no siempre sean cumplidas por éstos. Conocimos que algunos de los deberes del profesional son la solidaridad, estar de acuerdo con la moral establecida, el secreto profesional, (este le dice al profesional que no tiene derecho de divulgar información que le fue confiada para poder llevar a cabo su labor), etc. También algunos de sus derechos, tales como: la elección de la profesión es completamente libre, el beneficio propio, la capacitación, etc.
- Por último se definió lo que es la responsabilidad profesional, y se dijo que ésta debe trazar el rumbo hacia los actos aceptables, hacia las acciones fecundas, actos justos y conscientes, reveladores de la buena fe y la capacidad profesional.
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